Martes, 22 de Diciembre de 2009

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PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y ACTIVIDAD EMPRESARIAL

1) EL POR QUE DE LA LEY
Existe una sensibilidad y preocupación tanto a nivel europeo como a nivel nacional de cómo poner limites a la invasión de la intimidad de las personas, de cómo protegerlos del tratamiento masivo y automatizado de los datos personales.

1.1.- LEGISLACION APLICABLE EN ESPAÑA

1) LEY ORGANICA DE PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL ( Ley 15/1.999 del 13 de Diciembre)
2) REAL DECRETO 994/99 de 11 de Junio por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros que contengan datos de carácter personal.
3) DIRECTIVA COMUNITARIA 46/1.995 del 24 de Octubre de 1.995 relativa a la protección de las personas físicas con relación al Tratamiento de Datos Personales y a la libre circulación.
4) DIRECTIVA COMUNITARIA 66/1997 del 15 de Diciembre, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el “Sector de las Telecomunicaciones”

2) QUE DICE LA LEY Y A QUIEN AFECTA.

2.1.- DEFINICION DE TERMINOS

En el articulo nº3 la Ley define que:
Datos de carácter personal: cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
Fichero: todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que sea la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso
Tratamiento de Datos: operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, interconexiones y consultas.
Responsable del Fichero: es quien decide sobre la creación, usos y finalidades del fichero, será el dueño del fichero.

2.2.- OBJETO

El Artículo nº 1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos dice:
“Garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar”

2.3.- AMBITO

La Ley Orgánica hace referencia a cualquier dato o información concerniente a una persona física identificada o identificable.
Dicha Ley es de aplicación obligatoria a los datos de carácter personal registrados en soportes físicos (no solo en soportes informáticos) que haga posible su tratamiento y al uso posterior de estos datos
Existen varias EXCEPCIONES:


2.4.- ¿ A QUIEN AFECTA LA LEY ORGAN. PROTEC. DATOS?

La Ley diferencia a los ficheros de titularidad publica y ficheros de titularidad privada, por lo tanto la L.O.P.D. afecta tanto al sector público y sus instituciones como al sector privado, solo es necesario tener algún tipo de fichero con cualquier tipo de información personal.
Por lo tanto, teniendo en cuenta lo anterior la L.O.P.D. afecta a prácticamente a la totalidad de las empresas y profesionales, que tienen que adecuarse de forma obligatoria en la forma y plazos que la Ley determina.

2.5.- ORGANO ENCARGADO: AGENCIA DE PROTECCION DE DATOS

La Agencia de Protección de Datos es un Ente de derecho público con personalidad propia y plena capacidad e independencia para velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y además controlar su aplicación.

APROBADA LA CREACCION DE UNA AGENCIA DE PROTECCION DATOS PERSONALES DE AMBITO REGIONAL EN MURCIA.

2.6.- NIVELES DE SEGURIDAD Y PLAZOS OBLIGATORIOS

Atendiendo a la naturaleza de la información tratada, es decir a la naturaleza de los datos, las medidas de seguridad exigibles se clasificarán en tres niveles: BASICO, MEDIO y ALTO:
I) NIVEL BASICO: OBLIGATORIO desde el 26/03/2.000
II) NIVEL MEDIO : OBLIGATORIO desde el 26/06/2.000
III) NIVEL ALTO : OBLIGATORIO desde el 26/06/2.002

3.- EN QUE CONSISTE LA ADAPTACION QUE REALIZA CONSULTIA.

CONSULTIA DATA DESARROLLAN UN PROGRAMA DE ACTUACION QUE SE PRESENTA HOY Y QUE
TIENE COMO CARACTERISTICA FUANDAMENTAL QUE ES UNA ACTUACION PIONERA, NOVEDOSA EN LA REGION Y A NIVEL NACIONA. ESTE PROGRAMA, FUE PRESENTADO (COEC) A TRAVES DEL INFO AL PLAN DE CONSOLIDACION Y COMPETIVIDAD DE LA PYME EN MADRID Y APROBADA SU COFINANCIACION EN DICIEMBRE DEL 2.001.
Y TIENE TRES GRADES OBJETIVOS:

1) INFORMAR A TODAS LAS EMPRESAS QUE EXISTE LA LEY Y EN QUE CONSISTE.
2) ADAPTAR AL MAYOR NUMERO DE EMPRESAS A LA LEY.
3) QUE LA ADAPTACION SEA LO MAS BARATA POSIBLE Y PARA ELLO SE CUENTA CON UNA SUBVENCION DEL 50% DEL PRECIO.

EN QUE CONSISTE EL PROGRAMA DE ADAPTACION QUE SE REALIZA.
Tenemos que definir que VA DIRIGIDO A PYMES y profesionales que posean ficheros con datos de carácter personal, (prácticamente a la totalidad) que tienen que adecuarse de forma obligatoria en la forma y plazos que la Ley determina.

EL PROGRAMA DE ACTUACION Y ADAPTACION En términos generales SE DIVIDE EN DOS AREAS DE ACTUACION:
A) LA JURIDICA: QUE SE SUBDIVIDE ENTRES ACTUACIONES
I) DECLARACION DE FICHEROS e INSCRIPCION REGISTRAL
II) LEGITIMACION DE FICHEROS
III) ELABORACION DEL DOCUMENTO DE SEGURIDAD.

B) LA INFORMATICA: EN LA QUE SE DETERMINA QUE MEDIDAS Y CONTROLES HAY QUE PONER EN CADA EMPRESA

4.- CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE ADAPTACION

Por otra parte La Ley establece los tres tipos de infracciones Y SUS SANCIONES:

I) INFRACCIONES LEVES: SANCION oscila entre 100.000ptas. hasta 10.000.000 ptas.
II) INFRACCIONES GRAVES: SANCION oscila entre 10.000.000 ptas. y 50.000.000 ptas.
III) INFRACCIONES MUY GRAVES. SANCION oscila entre 50.000.000 ptas. y 100.000.000 ptas.

5.- ¿ QUE VENTAJAS TIENEN LA EMPRESAS QUE SE ACOJAN A ESTA ADAPTACION LEGAL?

A nuestro entender tres :
1) Aseguran a sus trabajadores y clientes que sus datos se tratan con rigor y de acuerdo a la LEY.
2) Se aseguran que no van a ser sancionados por que se les ha realizado una adaptación correcta basada en la experiencia y el conocimiento de la materia.
3) Y ahora mismo que si se acogen al Plan de Actuación que hemos presentado tendrán una subvención del 50% sobre el precio, financiada por el Instituto de Fomento y el Ministerio de Economía a través de los fondos FEDER.

6.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSULTORA CONSULTIA DATA Y FECOM.



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